La Orden núm. 55/2025/1 "delimita" el periodo de veda y la zona en la que "queda prohibida la captura, tenencia a bordo, desembarque y venta de pulpo (Octopus Vulgaris)", que corresponde a todo el litoral del Algarve, desde "el paralelo que pasa por el río Seixe (Norte) hasta la desembocadura del río Guadiana (Este)".
La medida incluye también "las zonas interiores no marinas", abarca toda el área que va "hasta el límite de la Zona Económica Exclusiva (ZEE)" e impide la pesca durante el mes de veda con "todas las artes de pesca comerciales".
Los pulpos que se capturen deberán "devolverse inmediatamente al mar, entre el 15 de septiembre y el 14 de octubre de cada año, en el área correspondiente a toda la longitud de la costa del Algarve", determina la ordenanza.
"El Decreto-Ley nº 73/2020, de 23 de septiembre, prevé, a través de los artículos 13 a 18, la creación de comités de cogestión a través de los cuales, mediante el principio de máxima colaboración mutua, se promueva la gestión compartida de los recursos vivos y de los medios necesarios para su captura y aprovechamiento económico", se puede leer en el Boletín Oficial.
"Teniendo en cuenta los datos científicos disponibles, se incluyó en el Plan de Gestión de la Pesca del Pulpo en el Algarve una propuesta de veda para el pulpo (Octopus vulgaris) en el Algarve, que tiene como objetivo garantizar la protección de la especie en la zona en cuestión, durante el período definido, de todas las actividades pesqueras, incluidas las realizadas con artes de pesca comerciales no cubiertas por el Comité de Cogestión del Pulpo y en el ámbito de la pesca recreativa".
La prohibición de capturar pulpo también abarca la pesca recreativa en toda la zona geográfica definida en la ordenanza, dice el documento, que también prohíbe la venta de pulpo fresco en los puntos de venta de pescado de Docapesca en el Algarve.
El periodo de veda podrá ser "adelantado o aplazado" en base a una "adecuada justificación científica" y "mediante decisión consensuada de la Asamblea General del Comité de Cogestión de la Pesca del Pulpo del Algarve", establece también la ordenanza.
La decisión de adelantar o aplazar "deberá conocerse con al menos dos meses de antelación a la fecha de inicio del periodo de veda propuesto", subraya.